Historia General del Pueblo Dominicano Tomo III
430 La Guerra de la Restauración: causas, características e impacto regional, 1863-1865 De estas rebeliones, la de Santiago del 24 de febrero de 1863 fue la que hizo más evidente el sentimiento de animadversión que existía hacia la do- PLQDFLyQ HVSDxROD \ HO LQWHUpV HQ UHVWDEOHFHU OD 5HS~EOLFD 'HVGH ÀQHV GH noviembre de 1862 empezaron a circular rumores, pasquines y otros moti- vos de alarma que hacían referencia a una posible insurrección para el día 23 de febrero. El impacto de las rebeliones de Sabaneta, Guayubín y Monte Cristi había fortalecido la atmósfera de inquietud, desasosiego y agitación en el seno del pueblo. El gobernador interino, Aquiles Esteban Michel, convocó al Ayuntamiento a una reunión y posteriormente ordenó la concentración de las tropas españolas en el fuerte San Luis. 18 Muy pronto la rebelión se inició en el seno del pueblo. Grupos de hombres armados con carabinas y sables y otros sin armas rondaban la población. Una comisión de rebeldes irrumpió en el Cabildo momentos después de haberse constituido. La comisión, integrada por Eugenio Perdomo, Ramón Almonte y Genaro Espaillat, expresó «que venían en nombre del pueblo a exponer que, deseosos de reconquistar sus derechos de hombres libres y de sacudir para siempre la dominación extranjera, participaban al ilustre Ayuntamiento que estaban decididos a llevarlo a cabo, sin salir responsables del mal resultado que pudiera haber si las fuerzas españolas trataban de contrarrestar la volun- tad popular». 19 Desde el inicio de la rebelión, el Cabildo estuvo sometido a todo género GH SUHVLRQHV SRU SDUWH GH ORV RÀFLDOHV HVSDxROHV TXLHQHV DO FRQFHQWUDU ODV WUR - pas en el fuerte San Luis, delegaron parte de sus tareas en el Ayuntamiento, responsabilizándolo por el cumplimiento de las medidas de austeridad. Tal fue el caso de los presos de la cárcel. El teniente coronel del Batallón de San Marcial le pidió explícitamente al Cabildo que asumiera la responsabilidad por «los setenta criminales que se vería obligado a abandonar si las circuns- tancias lo obligaban […]». 20 El Cabildo no tomó ninguna determinación al respecto y se limitó a esperar la llegada del gobernador interino para adoptar una decisión. (O &DELOGR OH GHMy VDEHU DO JREHUQDGRU SRU PHGLR GH XQR GH ORV RÀFLDOHV españoles, su deseo de que se uniera a la reunión tal y como se había estipula- do para esa noche. Lógicamente, el gobernador interino declinó la invitación, y a su vez cursó una al organismo para que subiera al fuerte Dios, donde se celebraría la convocatoria. El Ayuntamiento no acató esta disposición, e incluso uno de sus miembros, el síndico don Belisario Curiel, señaló «[...] que este estaba debidamente constituido en su local y que valía tanto o más que el mismo gobernador». 21
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