Historia General del Pueblo Dominicano Tomo III

Historia general del pueblo dominicano 263 S USTENTOS MATERIALES DEL E STADO ¿De qué vivía el Estado dominicano en los primeros años de su existen- cia? Las leyes de ingresos y gastos públicos indican que el comercio exterior HUD FRQ PXFKR OD IXHQWH SULQFLSDO GH ORV LQJUHVRV ÀVFDOHV /RV DUDQFHOHV DGXD - nales de importación y exportación unidos producían alrededor del 90% de los impuestos. Las demás rentas relativas al comercio exterior eran las de puerto, tonelajes por buques que ingresaran a los puertos, permisos de anclaje y uso de muelle. Las rentas internas provenían del arrendamiento de los bienes na- cionales, patentes comerciales e industriales, venta de papel sellado, correos, registro de documentos e hipotecas y otros menores. Las aduanas habilitadas eran las de Santo Domingo, Puerto Plata, Azua, Monte Cristi y Samaná. Las dos primeras eran las que más ingresos percibían. Posteriormente La Romana fue habilitada en 1851 y en 1855 Monte Cristi, pero solo para la exportación de maderas. Entre los impuestos internos, la patente era la fuente que mayores polé- micas traía. Ella establecía los diferentes impuestos que deberían pagar los comerciantes, profesionales e industriales. Fue criticada porque la primera /H\ GH 3DWHQWHV GHO ž GH MXOLR GH GLVSRQtD TXH ORV H[WUDQMHURV HVWX - vieran sujetos a pagar el doble de lo que pagaban los dominicanos, lo cual trajo la oposición de los cónsules de las naciones que tenían sus súbditos en el país. La tarifa de este impuesto no era solo por el tipo de actividad, sino por las comunes donde estaba establecido el comerciante. Por ejemplo, el pago anual para un boticario en Santo Domingo era de 45 pesos, en Monte Cristi pagaba 30 y en Hato Mayor 20. La patente solo producía el 2% de los ingresos del Estado. El papel sellado era otro impuesto interno. Su primera ley, de agosto de 1844, lo describe así: «Queda establecido el papel sellado para todos los ac- WRV \ GRFXPHQWRV FLYLOHV MXGLFLDOHV H[WUDMXGLFLDOHV HQWUH SDUWHV \ EDMR ÀUPD privada». Había cinco clases según el valor envuelto en la operación. Este impuesto representaba el 1% del presupuesto del año 1848. Los inmuebles incautados por el Estado a los haitianos y a los domini- canos que no regresaron al país tras la independencia formaron parte de los bienes nacionales. Muchos de ellos fueron arrendados a particulares y el pro- ducto de ese arrendamiento era un ingreso público, que en la Ley de Gastos Públicos de 1848 representaba el 3.6% de los ingresos. Otros impuestos menores eran el de registro y conservación de hipote- cas, las multas, los impuestos por ventas en pública subasta, las tarifas por el

RkJQdWJsaXNoZXIy MzI0Njc3